El depósito notarial: nociones generales en Colombia
Palabras clave:
Derecho Notarial, Depósito Notarial, Responsabilidad, Derecho Disciplinario, NotarioResumen
El presente artículo es un estudio de tipo documental, jurídico e histórico de una de las áreas del Derecho más dinámica como lo es el Derecho Notarial. El Depósito (Notarial) es una acto frecuente en la labor del escribano, el cual es estructurado en un acta, en donde el usuario notarial presta su confianza ante la autoridad Notarial, dejando bajo su guarda dineros correspondientes al pago de impuestos derivados de los Negocios Jurídicos extendidos en las Escrituras Públicas, dineros del pago de tasas y sobretasas, títulos Valores, Documentos y Bienes muebles.
Esta confianza es permitida en el Estatuto Notarial y Vigilada por la Superintendencia de Notariado y Registro, convirtiéndose en un deber legal y funcional.
Es una revisión del Ordenamiento jurídico colombiano en cuanto al Derecho Notarial, y la aparición de esta figura contenida en una de las múltiples actas notariales y en las normas y reglamentos. Las infracciones a este encargo por parte del Notario derivan en responsabilidad Disciplinaria, Penal y Civil con ocasión del ejercicio de la función Notarial.
Citas
Ley 734 De 2002. (Febrero 5). Diario Oficial No. 44.708 De 13 De Febrero De 2002. “Por La Cual Se Expide El Código Disciplinario Único”.
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Consejo De Estado. Sala De Lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda, Subsección B. Consejero Ponente: Gerardo Arenas Monsalve. Bogotá D.C., Ocho (8) De Agosto De Dos Mil Doce (2012). Radicación Número: 25000-23-25-000-2002-12829-03(1748-07).
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Ovalles Rodríguez, F. (2015). Reflexiones sobre los criterios aplicados para determinar la gravedad o levedad de las faltas disciplinarias en el derecho disciplinario colombiano. Revista Academia & Derecho, 6(11), 227-258.